Texto oficial
Art. 2.o La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, seguirá pagando al señor Lemaitre, la cuota correspondiente, según los términos señalados en el referido decreto de jubilación.
Aumenta a $ 20,400 anuales la pension de jubilacion de don eduardo lemaitre, desde el 1.º de junio de 1929.
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