Texto oficial
Art. 5.o Autorízase, asimismo, a la Municipalidad para enajenar a la Sociedad Club Hípico de Santiago, el terrno ocupado por la calle a que se refiere el artículo anterior, en precio y condiciones que la Municipalidad señale.
El precio que deba pagar la Sociedad nombrada por el valor de los terrenos de la calle Antofagasta, se considerará como abono del valor que debe entregar dicha Sociedad en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo siguiente.