Texto oficial
Artículo 67.- Las referencias que las leyes, D.L. Nº 2763/79
reglamentos, decretos, resoluciones u otras disposiciones Art. 45
formulan al Servicio Nacional de Salud, en relación con los
Institutos Bacteriológico de Chile y Nacional de Salud
Ocupacional, se entenderán hechas al Instituto de Salud
Pública de Chile "Dr. Eugenio Suárez Herreros".