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Artículo 80 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley n° 2.763, de 1979 y de las leyes n° 18.933 y n° 18.469.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249177 / 8653904.

Texto oficial

Artículo 80.- El Ministerio de Salud, los Servicios de D.L. Nº 2763/79 Salud, el Fondo Nacional de Salud, el Instituto de Salud Art. 58 Pública, la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional Ley N° 19.650 de Servicios de Salud, la Superintendencia de Salud y los DFL 29/00, Establecimientos de Salud de Carácter Experimental, se 30/00 y 31/00 regirán por las normas del decreto ley Nº 1.263, de 1975, del M. de Salud y disposiciones complementarias. Ley N° 19.937 Art. 6°