Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto 211

Autoriza instalación de recintos ubicados fuera de la zona franca de iquique para almacenamiento de las mercancías que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249197 / 6568494.

Texto oficial

Artículo 1º.- Autorízase la instalación de recintos fuera del perímetro de la Zona Franca de Iquique y dentro de la I Región para el establecimiento de recintos destinados al almacenamiento de mercancías que por su naturaleza se determine como de almacenamiento peligroso por una comisión que al efecto designará el señor Intendente de la I Región.