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Artículo 14 de la Ley 4.800 · Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24922 / 8853346.

Texto oficial

Art. 14. Los diversos Ministerios pondrán oportunamente a disposición de la Dirección de Aprovisionamiento, los fondos necesarios para efectuar las adquisiciones, impresiones y encuadernaciones a que los obliga la presente ley.