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Artículo 26 de la Ley 4.800 · Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24922 · idParte: 8853358

Texto oficial

Art. 26. Esta ley comenzará a regir desde el 1.o de Enero de 1930, salvo las disposiciones de los artículos 19 y 21, que regirán desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.