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Artículo 2 transitorio de la Ley 4.800 · Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Ley orgánica de la direccion de aprovisionamiento del estado.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24922 / 8853360.

Texto oficial

Art. 2.o Autorízase al Presidente de la República para refundir en la Dirección de Aprovisionamiento las oficinas que desempeñen funciones análogas, pasando a dicha Dirección el personal de éstas que sea necesario.