Texto oficial
Art. 2.o Condónase a la Municipalidad de Arauco la deuda de veinticuatro mil pesos ($ 24,000), contraída con el Fisco, por haber percibido la renta de arrendamiento de la Isla Santa María, durante el segundo semestre de 1928 y el primer semestre del año 1929, después de haber expirado legalmente el usufructo que le otorgó la ley de 24 de Julio de 1885.