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Artículo 3 de la Ley 4.812 · Concede el usufructo de la isla santa maría, a la;municipalidad de arauco.

Concede el usufructo de la isla santa maría, a la;municipalidad de arauco.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24932 / 8277741.

Texto oficial

Art. 3.o Esta ley entrará en vigencia a contar desde el 1.o de Enero de 1930.