Texto oficial
TITULO I
Organización y objeto de la Compañía
Artículo 1º Autorízase al Presidente de la
República para que, en representación del Fisco, pueda
concurrir a la formación de una sociedad anónima que se
denominará "Compañía de Salitre de Chile", cuya
constitución, objeto, funcionamiento, disolución y
liquidación se regirán por las disposiciones de la
presente ley y las establecidas para aquella clase de
sociedades en cuanto no fueren contrarias o incompatibles
con las contenidas en esta ley.