Texto oficial
Artículo 37. La Compañía estará afecta al pago de
todos los demás impuestos, contribuciones y derechos
establecidos o que se establezcan, con las excepciones y
modificaciones que en las leyes se indiquen.
Ley num. 4863
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24953 / 8829599.