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Artículo 23 de la Ley 4.554

Ley 4.554

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 249691 / 8373883.

Texto oficial

Art. 23. Estarán obligados a inscribirse en los registros de la subdelegación en que estuvieren domiciliados, los chilenos varones que reunan los siguientes requisitos: 1.o Tener 21 años de edad; y 2.o Saber leer y escribir.