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Artículo 5 de la Ley 5.012

Ley 5.012

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24995 / 8829630.

Texto oficial

Art. 5.o Los precios del cobre, para los efectos de esta ley, serán los fijados para el cobre electrolítico en moneda legal de los Estados Unidos de Norteamérica.