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Artículo 1 transitorio de la Ley 5.022

Ley 5.022

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25001 / 7170083.

Texto oficial

Artículo 1.o Los ex-funcionarios del Cuerpo de Gendarmería de Prisiones cuyo alejamiento del servicio se haya debido al cumplimiento de las leyes derogadas por el artículo 8.o y el personal de Carabineros de Prisiones, tendrán derecho preferente para ingresar al servicio creado por la presente ley. El personal deberá acogerse a los beneficios de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, debiendo trasladar a esta institución las imposiciones que hubiere efectuado en otras cajas de previsión.