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Artículo 1 de la Ley 5.077

Ley 5.077

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25023 / 8277782.

Texto oficial

Artículo 1.o Fusiónanse los Ministerios de Guerra y de Marina y la Subsecretaría de Aviación, dependiente del Ministerio del Interior, en un solo Departamento de Estado, que se denominará "Ministerio de Defensa Nacional".