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Artículo 6 de la Ley 5.078

Ley 5.078

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25024 / 7170127.

Texto oficial

Art. 6.o Derógase la ley N.o 4,557, de 29 de Enero de 1929, con excepción del artículo 5.o.