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Artículo 2 de la Ley 5.091 · Sanciona delitos contra la seguridad interior del estado

Sanciona delitos contra la seguridad interior del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25027 / 8999067.

Texto oficial

Art. 2.o Los que inciten a impedir o restringir, o de hecho impidan o restrinjan, la fabricación, reparación, o transporte de materiales bélicos del Estado, o el aprovisionamiento de las tropas o recintos militares, sufrirán las penas de reclusión o extrañamiento menores en cualquiera de sus grados y multa de doscientos a tres mil pesos.