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Artículo 1 de la Ley 5.137

Autoriza al presidente de la república para contratar con el banco central de chile un emprestito hasta por $138.000,000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25037 / 5961411.

Texto oficial

Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para contratar con el Banco Central de Chile un préstamo hasta por ciento treinta y ocho millones de pesos ($138.000,000) moneda corriente con el único objeto de comprar a ese Banco los bonos de la Compañía de Salitre de Chile de valor nominal de veintiún millones cuatrocientos trece mil dólares americanos ($ USA. 21.413,000) que el Fisco le vendió con pacto de retroventa a virtud de la ley número 4,971, de 30 de Julio de 1931, y con arreglo al contrato celebrado por escritura pública de 26 de Septiembre del mismo año, y también para dar cumplimiento a lo establecido en la parte final del artículo siguiente.