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Ley 5.138

Suprime, durante el año 1933, vigencia del inciso 1° del articulo 68 del estatuto administrativo, aprobado por decreto con fuerza de ley 3.740, de 22 de agosto de 1930, que dispone que no percibiran asignacion para casa los empleados solteros o viudos sin hijos; y reemplaza articulo 11 de la ley 5,005, de 24 de noviembre de 1931, que reorganiza los servicios de la administración publica y fija nuevos sueldos.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25038

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Artículos

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