Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 5.145 · Determina la jurisdiccion de las cortes de apelaciones de la republica.

Determina la jurisdiccion de las cortes de apelaciones de la republica.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25040 / 7170152.

Texto oficial

Art. 2.o Las Cortes de Apelaciones que consten de una sola Sala, se compondrán de cuatro miembros y serán servidas por un solo relator.