Texto oficial
Art. 55. Para los efectos de la aplicación del impuesto global complementario, se presume de derecho que la renta mínima imponible de los bienes raíces es el 4% de su avalúo fiscal.
Ley de impuesto a la renta
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25047 / 7170294.