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Artículo 2 transitorio de la Ley 5.169 · Ley de impuesto a la renta

Ley de impuesto a la renta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25047 / 7170384.

Texto oficial

Art. 2º Las personas naturales residentes en el Territorio de Aysen y las sociedades domiciliadas en el mismo territorio, gozarán, por el término de cinco años, de las siguientes franquicias: Las rentas que las mismas personas o sociedades obtengan de fuentes situadas en el territorio de Aysen, estarán exentas de los impuestos de las categorías 3ª, 4ª, 5ª y 6ª y del global complementario que establece la Ley de Impuesto a la Renta.