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Artículo 27 de la Ley 5.172 · Fija el texto definitivo de la ley sobre impuesto a los;espectaculos publicos

Fija el texto definitivo de la ley sobre impuesto a los;espectaculos publicos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25050 / 8613272.

Texto oficial

Art. 27º.- En todo caso, la sentencia revocatoria de una resolución de la Dirección General de Impuestos Internos, deberá ser consultada a la Corte de Apelaciones respectiva.