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Artículo 5 de la Ley 14.885 · Autoriza a la municipalidad de limache para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de limache para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 250597 / 8374096.

Texto oficial

Artículo 5.o El excedente que se hubiere producido en el cobro de la contribución adicional establecida en la ley N.o 12.955, de 11 de Septiembre de 1958, que autorizó a la Municipalidad de Limache para contratar un empréstito, sobre la cantidad autorizada en dicha ley, será puesto a disposición de la Municipalidad mencionada para ser invertido en las mismas obras fijadas en la ley N.o 12.955, que son: construcción de la Casa Consistorial, Teatro Municipal y locales comerciales, Dirección de Vialidad, Hernán Cortés y 5 de Abril y las obras que señala la presente ley.