Texto oficial
Artículo 2.o Los tesoreros cumplirán, por esta vez, con la obligación de pasar al Juzgado respectivo la nómina de las pertenencias mineras morosas, dentro de la primera quincena del mismo mes de Octubre.
Prorroga hasta el 1.o de octubre de 1933, el plazo para el pago de patentes mineras
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25063 / 5961734.