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Artículo 49 de la Ley 5.231

Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231388.

Texto oficial

Art. 49. Por los vinos embotellados se pagará un impuesto adicional de cinco centavos por cada cincuenta centavos del precio de venta, incluido en éste el valor del impuesto. Las fracciones de cincuenta centavos se considerarán completas para este efecto. Quedan exentos de este impuesto los vinos embotellados cuyo precio de venta no sea superior a un peso.