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Artículo 2 transitorio de la Ley 5.231

Fija el texto definitivo de la ley numero 5,231, sobre impuesto a los alcoholes y bebidas alcoholicas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25067 / 9231495.

Texto oficial

Art. 2.o. Los vinos de producción nacional pagarán durante el año de 1933, un impuesto sobre la producción, de tres centavos por litro, si provienen de viñedos situados al Norte del río Maule; de dos y medio centavos, también por litro, si provienen de viñedos situados en los departamentos de Linares y Loncomilla, de la provincia de Maule, y de dos centavos, también por litro, si provienen de viñedos situados en el resto del país.