Texto oficial
Artículo 10.- Si hubiera hechos sustanciales, Ley 19.996
pertinentes y controvertidos, se recibirá la causa a prueba Art. único Nº13)
por el término de 45 días, excepto para el caso de marcas,
en cuyo caso el plazo será de 30 días.
El término probatorio podrá prorrogarse hasta por 30
días, en casos calificados.