Texto oficial
Artículo 75.- Los esquemas de trazado o topografías
de circuitos integrados serán protegidos por medio de esta Ley 19.996
ley en la medida en que sean originales. Art. único Nº 71)
Se considerarán originales los que sean el resultado
del esfuerzo intelectual de su creador y no sean de
conocimiento ordinario entre los creadores de esquemas de
trazado o topografía de circuitos integrados y los
fabricantes de circuitos integrados, al momento de su
creación.
Un esquema de trazado o topografía de circuitos
integrados que consista en una combinación de elementos o
interconexiones que sean corrientes, sólo estará protegido
si la combinación, en su conjunto, cumple con las
condiciones señaladas en los incisos anteriores.