Texto oficial
Artículo 18 bis G.- Cualquier persona interesada
podrá solicitar la nulidad de un registro de derecho de
propiedad industrial.
La demanda de nulidad deberá contener, al menos, los
siguientes antecedentes.
a) Nombre, domicilio y profesión del demandante.
b) Nombre, domicilio y profesión del demandado.
c) Número y fecha del registro cuya nulidad se
solicita, e individualización del derecho respectivo.
d) Razones de hecho y de derecho en las que se
fundamenta la demanda.