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Artículo 18 BIS F (DEL ART. UNICO) del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley de propiedad industrial

Estado
Vigente
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Texto oficial

Artículo 18 bis F.- No procederá la devolución de los montos pagados por concepto de derechos.