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Artículo 4 de la Ley 5.272 · Crea un juzgado de menor cuantia con asiento en puerto varas

Crea un juzgado de menor cuantia con asiento en puerto varas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25072 / 8999077.

Texto oficial

Artículo 4.o Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.