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Artículo 14 de la Ley 5.350 · Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25092 / 9513061.

Texto oficial

Art. 14. El Directorio, con el voto conforme de los Directores Fiscales, podrá exigir de las Empresas adheridas que distribuyan en las distintas zonas salitreras la producción necesaria para satisfacer sus cuotas, y en cuanto a clase de salitre, que la entrega se haga en proporción a las exigencias del mercado.