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Artículo 41 de la Ley 5.350 · Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Crea la corporacion de ventas de salitre y yodo de chile.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25092 / 9513091.

Texto oficial

Art. 41. Queda expresamente facultada la Comisión Liquidadora de la Compañía de Salitre de Chile para celebrar, en representación de las empresas incorporadas a esta Compañía, todos los contratos necesarios para el cumplimiento de esta ley.