Fija las normas relativas a las elecciones, registro, inscripciones, tribunal calificador de elecciones, requisitos e inhabilidades para ser elegido regidor, y sobre organizacion, instalacion y constitución de las municipalidades
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25094 / 8277912.
Texto oficial
Art. 56.- Para poder ser elegido Regidor, se requiere.
a) Ser chileno;
b) Tener los requisitos necesarios para inscribirse en los Registros Electorales Municipales;
c) Tener residencia en la comuna por más de un año;
Las mujeres podrán también ser elegidas.