Texto oficial
Art. 9.o Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza al banco central de chile para otorgar creditos directos o indirectos, en la forma que se indica, a la caja de credito popular
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25098 / 5961929.