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Artículo 9 de la Ley 5.401 · Crea la antigua provincia de arauco con los departamentos de arauco, lebu y cañete

Crea la antigua provincia de arauco con los departamentos de arauco, lebu y cañete

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25099 / 8277955.

Texto oficial

Art. 9.o Extiéndese a las disposiciones de la presente ley, la autorización concedida al Presidente de la República por el art. 2.o de la ley N.o 4,544, de 25 de Enero de 1929.