Ley 5.425
Autoriza al presidente de la república enajenar en remate publico el terreno y edificio que ocupa la escuela de caballeria, y para invertir el producto obtenido en los gastos que demande el traslado de esa escuela.
- Estado
- Vigente
- Fecha de versión según BCN
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idNorma: 25108
Artículos
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