Saltar al contenido

Artículo 73 de la Ley 5.427 · Establece el impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones

Establece el impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25109 / 9197851.

Texto oficial

Art. 73. La infracción a cualquiera de las disposiciones del artículo 45, será penada con multa de cien a cinco mil pesos.