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Artículo 4 de la Ley 5.524 · Suplementa el presupuesto del ministerio del interior

Suplementa el presupuesto del ministerio del interior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25126 / 8278004.

Texto oficial

Artículo 4.o La presente ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.