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Artículo 2 de la Ley 5.529

Suplementa diversos item del presupuesto del ministerio de justicia de 1934 (secretaria y administración general, tribunales superiores de justicia, juzgados de letras de mayor cuantia, conservador del registro civil, instituto medico legal doctor carlos ibar y direccion general de prisiones).

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25129 · idParte: 8856804

Texto oficial

Art. 2.o El mayor gasto de $ 1.494,500 que representan los suplementos a que se refiere el artículo precedente, se cubrirá con la entrada producida con motivo de la dictación de la ley N.o 5,416, de 19 de Febrero de 1934.