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Artículo 18 de la Ley 5.343 · Establece los derechos y obligaciones referentes a la adopcion

Establece los derechos y obligaciones referentes a la adopcion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251437 / 6576394.

Texto oficial

Art. 18. Para los efectos de la contribución de herencias y donaciones, el adoptado pagará la tasa correspondiente a los hijos legítimos.