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Artículo 33 del Decreto 95

Aprueba reglamento de la ley nº 18.928 sobre adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 251552 / 6944397.

Texto oficial

Artículo 33.- Apertura de licitación en una etapa o en dos etapas: Las Bases podrán establecer que la apertura sea en una o dos etapas. La apertura en una etapa consiste en que se procede a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. La apertura en dos etapas consiste en que existen dos fases diferidas en este acto; en una se revisan las ofertas técnicas y en la otra se estudian las ofertas económicas. En este caso, la apertura de las ofertas económicas sólo se efectuará en relación a los oferentes que hubiesen calificado su oferta técnica. Además, las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública podrán exigir una etapa de precalificación técnica si lo desean.