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Artículo 3 de la Ley 5.619

Crea en santiago el instituto comercial femenino; y crea y suprime los cargos que se indican, en el instituto superior de comercio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25156 · idParte: 5962222

Texto oficial

Artículo 3.o Créanse en el Instituto Superior de Comercio, los siguientes cargos, con los sueldos anuales que se indican: Un Director, con la obligación de servir 6 horas semanales de clase, $ 18,000; Un Inspector 1.o, $ 5,200.