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Artículo 4 de la Ley 5.619

Crea en santiago el instituto comercial femenino; y crea y suprime los cargos que se indican, en el instituto superior de comercio

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 25156 · idParte: 5962223

Texto oficial

Artículo 4.o El Inspector General del Instituto Superior de Comercio, gozará de un sueldo anual de $ 15,600, en vez de $ 14,400, de que actualmente disfruta.