Fija texto definitivo de la ley orgánica de la caja nacional de ahorros, y deroga ley de 22 de agosto de 1861, que creo la caja de ahorros, ley 2,356, de 22 de agosto de 1910, que fusiono las cajas de ahorros existentes en la caja nacional de ahorros; articulo 44 a 49, inclusives, del decreto-ley 559, de 26 de septiembre de 1925, sobre bancos, y la ley 4,996, de 25 de marzo de 1931, que establecio las normas por las cuales debia regirse la caja.
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25157 / 8902893.
Texto oficial
Art. 17. Toda comunicación oficial dirigida por la Superintendencia de Bancos a la Caja Nacional de Ahorros, que se refiera a asuntos de inspección, organización, investigación o presentación de estados y balances, o que contenga proposiciones o recomendaciones referente a las operaciones de la Caja, será presentada al Directorio en la primera reunión que éste celebre y de ella se dejará testimonio en el acta de la sesión.