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Artículo 6 de la Ley 5.639

Declara que el personal de abogados y empleados de la defensa fiscal que establece el articulo 126 de la ley 5,231, de 25 de agosto de 1933, quedara sometido al regimen establecido en el decreto con fuerza de ley 1,340 bis, de 6 de agosto de 1930, orgánico de la caja nacional de empleados publicos y periodistas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25161 / 9042380.

Texto oficial

Artículo 6.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.