Texto oficial
Artículo 2.o Los Servicios de Impuestos Internos se encargarán de la aplicación y fiscalización de las siguientes leyes tributarias:
1.o-De impuesto a la renta:
2.o-De contribuciones a los bienes raíces;
3.o-De impuesto a los alcoholes y bebidas alcohólicas;
4.o-De impuesto de timbres, estampillas y papel sellado;
5.o-De impuesto a los espectáculos y es piezas musicales;
6.o-De impuesto a los tabacos, cigarros y cigarrillos;
7.o-De impuesto a los específicos y artículos de tocador;
8.o De impuesto a las barajas;
9.o-De impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones;
10.- De impuesto para el fomento del turismo;
11.- De impuesto a los fósforos, cerillas y encendedores automáticos;
12.- De impuesto a los partes telegráficos para la reconstrucción de Talca;
13.-De impuesto a la primera transferencia de bienes raíces;
14.-De impuesto al cemento;
15.-De impuesto a las apuestas mutuas en los Hipódromos; y
16.-De impuestos extraordinarios para auxilio de la cesantía.