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Artículo 1 de la Ley 5.687 · Ley sobre el contrato de prenda industrial

Ley sobre el contrato de prenda industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 25164 / 8802685.

Texto oficial

Art. 1° El Instituto de Crédito Industrial es una sociedad anónima, con domicilio en Santiago, que tiene por objeto facilitar el crédito y concederlo directamente a los industriales, en la forma y condiciones que determina la presente ley. El Instituto se establece por un período de cincuenta años, y sus operaciones quedarán bajo la supervigilancia de la Superintendencia de Bancos.